JURADOS DE VOTACIÓN
Nuestra institución educativa Juan B. Caballero Medina ha sido seleccionada como puesto de votación, por tal motivo damos a conocer los requisitos por los cuales te invitaron a votar en nuestra institución, por lo cual si te han elegido como jurado de votación o te enviaron a votar en nuestra institución te invitamos a que hagas parte de este proceso democrático y que hagas parte del cambio y transparencia de nuestro país.
-En Colombia, para ser jurado de votación generalmente debes cumplir estos requisitos:
1. Ser ciudadano colombiano.
2. Tener 18 años o más y menos de 60 años.
3. Haber cursado como mínimo décimo grado de educación secundaria.
4. Ser seleccionado por la Registraduría mediante un sorteo entre listas de empleados, estudiantes, docentes y otros ciudadanos.
¿Quiénes no pueden ser jurados?
1. Algunas personas están exentas, como:
2. Menores de 18 años y mayores de 60 años.
3. Miembros de las Fuerzas Armadas.
4. Candidatos a elecciones y algunos de sus familiares cercanos.
5. Funcionarios que participan directamente en la organización electoral.
-Si eres elegido:
1. Debes asistir obligatoriamente al puesto de votación asignado.
2. Los jurados se presentan normalmente a las 7:00 a. m. y permanecen hasta finalizar el conteo de votos y la entrega de documentos.
-Beneficio:
1. Los trabajadores del sector público o privado que cumplen como jurados tienen derecho a un día compensatorio de descanso remunerado.
-Sanción por no asistir:
- Si una persona designada no se presenta sin una justificación válida, puede recibir una multa de hasta 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes.



